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Cuándo constituir una sociedad - Asesoria Perlado
 

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17 de marzo de 2023

Si realizas una actividad por cuenta propia con buenos resultados, te animamos a seguir leyendo esta entrada, pues puede serte de interés. Como habrás podido comprobar, al tiempo han ido creciendo tus ingresos, seguramente también habrás detectado que cada vez pagas más a Hacienda.

¿Cuáles son las principales características de los empresarios individuales?

A continuación, se recogerán las principales características de los empresarios individuales:

  • Los empresarios individuales asumen totalmente el riesgo derivado del desarrollo de la actividad, de forma que el empresario responde con todo su patrimonio ante las posibles deudas (p. ej. créditos impagados, salarios pendientes de pago a sus trabajadores, etc.) en los que pueda incurrir.
  • No hay diferenciación de patrimonios (dinero y bienes del empresario), es decir, el patrimonio de su negocio es el mismo que su patrimonio particular, incluidos los bienes o cantidades de dinero personales que no están relacionados con la actividad (p. ej. una entidad bancaria podrá reclamar el pago de un crédito del negocio por vía judicial y ejecutarse posteriormente sobre el patrimonio del empresario).
  • No es necesario realizar una aportación mínima de capital para iniciar la actividad. El empresario decide libremente la cantidad de su patrimonio que invertirá en la actividad y no es necesario mantener una cantidad mínima para prestar sus servicios.
  • Es más sencilla de constituir y de gestionar en su día a día en comparación con una sociedad. Para su gestión, será necesario mantener una contabilidad general de la actividad, así como presentar las correspondiente declaraciones trimestrales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e IVA, y realizar el pago mensual de la cuota de la Seguridad Social.
  • A efectos fiscales, el empresario individual se encuentra sujeto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo cual le permite acogerse a los regímenes de estimación objetiva o de estimación directa simplificada (según el caso), más fáciles de calcular y que requieren una menor complejidad contable.
¿Cuáles son las principales características de los empresarios constituidos en sociedad?

Tal y como se ha realizado para los empresarios individuales, a continuación, se van a detallar las principales características distintivas de las sociedades:

  • El patrimonio de la sociedad se distingue de forma clara del patrimonio de los socios. Tal y como se ha indicado anteriormente, la sociedad es una persona jurídica diferente a los socios, por lo que por un lado quedarán el dinero y los bienes propiedad de cada socio y, por otro, el dinero y los bienes titularidad de la sociedad (formando el denominado capital social).
  • Esta división de patrimonios conlleva una limitación del riesgo que asume el socio respecto a la actividad. Así, en este caso, el socio responderá ante posibles deudas únicamente con el patrimonio que ha aportado a la sociedad.
  • En las sociedades es necesario realizar la aportación de un capital mínimo para poder llevar a cabo su constitución. Esta cantidad de capital dependerá del tipo societario (sociedad limitada, sociedad anónima, etc.) y será necesario realizar su reembolso de forma previa a su constitución, salvo excepciones puntuales. Este capital social no podrá ser utilizado por los socios y se reintegrará a los mismos en el momento de disolución de la sociedad tras el pago de todas las deudas pendientes.
  • El inicio de la actividad mediante la creación de una sociedad es más compleja. Para la constitución de una sociedad o empresa será necesario la preparación de unos estatutos sociales que establezcan su organización básica, así como realizar la aportación del capital, elevar a público la escritura de constitución y proceder, posteriormente, a su inscripción en el Registro Mercantil correspondiente. Esto supone unos mayores costes económicos, así como más tiempo para poder iniciar la actividad.
  • En cuanto a la gestión de la sociedad, también supone mayores costes de gestión en comparación con el empresario individual. La sociedad deberá preparar las correspondientes cuentas anuales que incluirán como mínimo el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, y la memoria. Además, deberá presentar las declaraciones correspondientes del Impuesto de Sociedades, IVA y la Seguridad Social en su caso, y depositar las cuentas anuales de cada ejercicio en el Registro Mercantil.
  • A efectos fiscales, los beneficios de la sociedad quedarán sujetos al Impuesto de Sociedades, lo cual supone pagar un porcentaje sobre los beneficios de la sociedad. Este impuesto será más ventajoso en ciertos casos, ya que permitirá incluir más gastos a la hora de calcular el beneficio (p. ej. si el socio se contrata como un empleado de la sociedad podrá deducirse su salario como gasto). En todo caso, la existencia de una posible ventaja fiscal o no dependerá de cada caso concreto.
  • En referencia a la financiación, la constitución de una sociedad facilita la obtención de recursos para el desarrollo del negocio. La constitución de una sociedad otorga mayores garantías a las entidades financieras a la hora de facilitar líneas de crédito u otras formas de financiación.
¿Cuándo conviene pasarse de autónomo a sociedad limitada?

Alcanzados unos determinados ingresos, al empleado por cuenta propia se le suele aconsejar montar una sociedad limitada para reducir su factura fiscal.

De forma genérica, si tus ingresos van más allá de los 40.000 euros, deberás considerar en profundidad operar bajo esa fórmula. Desde un punto de vista fiscal, puede salirte a cuenta.

La constitución de la sociedad será conveniente en aquellos casos en los que exista un volumen de ingresos o un nivel de actividad importante, como ya se ha comentado. De esta forma, la sociedad asumirá las deudas derivadas de la actividad, evitando que los deudores puedan cobrar sus deudas sobre el patrimonio de los socios. Por otro lado, se deberá tener en cuenta el posible ahorro fiscal al pasar a tributar los beneficios por el Impuesto de Sociedades y poder deducir más gastos de la actividad, así como la posibilidad de acceder a mayores opciones de financiación.

En todo caso, la elección de una u otra vía dependerá de cada tipo de proyecto concreto, y de aquellos factores que sean más relevantes para el empresario.

 

Nuestro objetivo es su confianza.

 

 

 

 

Saray Martínez Ruiz.

Técnica en area laboral.

s.martinez@asesoriaperlado.com

 

 

Fuentes.

https://www.wonder.legal/es/guide/cuando-es-conveniente-crear-una-sociedad

https://www.businessinsider.es/momento-dejar-autonomo-crear-sociedad-limitada-365563

https://asesoriaperlado.com/wp-content/uploads/2022/01/LogoBlancoHOME.png
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