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Cúando emitir facturas simplificadas - Asesoria Perlado
 

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14 de julio de 2023

Con la entrada en vigor el 1 de enero de 2013 del Reglamento de facturación aprobado en el Real Decreto 1619/2012, se introdujo potenciando la figura de la factura simplificada en detrimento del tícket, que dejó de ser aceptado como documento contable justificativo de un gasto desde entonces.

  1. Definición de factura simplificada

Es el documento mercantil que expiden empresarios y profesionales por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen.
Este tipo de factura se puede usar en sustitución de la factura ordinaria en ciertos casos. El contenido obligatorio de una factura simplificada es más reducido que el de una factura ordinaria: por eso se reserva su uso a operaciones de pequeña cuantía o de menor relevancia.


  1. Requisitos a cumplir para su emisión. Datos a contener. 

Una factura simplificada puede emitirse:

  • Cuando su importe, IVA incluido, se mantenga dentro de unos límites determinados: en general, menos de 400 euros, o hasta 3.000 euros en el caso de determinados servicios.
  • Cuando se trate de una factura rectificativa

Además, en la factura se deben reflejar los datos que a continuación se enumeran:

  1. Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas dentro de cada serie será correlativa.
  2. Fecha de expedición de la factura. 
  3. Número de identificación fiscal (NIF) del obligado a expedir factura.
  4. Nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a expedir factura.
  5. Identificación del tipo de bienes entregados o de servicios prestados.
  6. Tipo impositivo de IVA aplicado y opcionalmente, también la expresión «IVA incluido».
  7. El importe total a pagar.
  8. NIF, nombre y apellidos y domicilio del destinatario y cuota tributaria (retención IRPF), cuanto el destinatario sea empresario, profesional o no lo sea, pero así te lo pida para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria.

Tanto en el caso de la factura simplificada como en el de la factura ordinaria, es necesario entregar una copia de la factura al cliente o comprador y conservar una copia.

  1. ¿Cuándo se puede emitir una factura simplificada?

La factura simplificada podrá emitirse, a elección del emisor, si concurren alguna de estas circunstancias:

  • Cuando el importe no exceda de 400 euros (IVA incluido)
  • Cuando se expida factura rectificativa
  • Cuando su importe no exceda de 3.000 euros, IVA incluido, en las operaciones que se describen a continuación:
  1. Ventas al por menor, incluso las realizadas por fabricantes o elaboradores de los productos entregados.
  2. Ventas o servicios en ambulancia.
  3. Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
  4. Transportes de personas y sus equipajes.
  5. Servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías, horchaterías, chocolaterías y establecimientos similares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto.
  6. Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
  7. Servicios telefónicos en cabinas telefónicas de uso público
  8. Servicios de peluquería e institutos de belleza.
  9. Utilización de instalaciones deportivas.
  10. Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
  11. Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
  12. Alquiler de películas.
  13. Servicios de tintorería y lavandería.
  14. Utilización de autopistas de peaje.

Siguiendo esta lógica, un ejemplo de factura simplificada sería aquella emitida por comprar una prenda de ropa por valor inferior a 400 euros, IVA incluido o por una sesión de fotografía que no supere los 3.000 euros, IVA incluido.

  1. ¿Cuándo NO se puede usar factura simplificada?

Es importante saber que existen ciertos casos en que no se puede usar la factura simplificada, independientemente del importe de la operación:

  • Cuando se trate de entregas intracomunitarias de bienes.
  • En caso de ventas a distancia.
  • En operaciones realizadas fuera del territorio de aplicación de los tipos impositivos aplicados.
  • En operaciones con inversión del sujeto pasivo
Fuentes.

https://www.wolterskluwer.com/es-es/expert-insights/factura-simplificada-que-es#:~:text=Una%20factura%20simplificada%20puede%20emitirse,trate%20de%20una%20factura%20rectificativa.

https://www.infoautonomos.com/facturas/factura-simplificada/

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