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Nueva Ley de Bienestar Animal - Asesoria Perlado
 

Perlado LEGALSin categoríaNueva Ley de Bienestar Animal

4 de octubre de 2023

El pasado 29 de septiembre, entraba en vigor la nueva ley de bienestar animal. Esta ley (no exenta de polémica), se centra principalmente en la lucha contra el maltrato y el abandono de los animales, endureciendo las penas. Asimismo, establece otras nuevas reglas, como un máximo de horas que se podrá dejar sola a la mascota en casa. 

El nuevo texto legal impone una serie de normas para los propietarios de mascotas y realiza importantes cambios legislativos en lo relativo a la comercialización de animales domésticos. Sin embargo, muchos de sus puntos destacados se quedarán temporalmente sin aplicar.

La falta de un real decreto con el reglamento propio de la ley, que no se ha podido aprobar en Consejo de Ministros al estar el Gobierno en funciones, deja la nueva ley al ralentí. Así lo confirmó el propio Ministerio de Derechos Sociales.

En la actualidad en España están registrados más de 13 millones de mascotas en la Red Española de Identificación de Animales de Compañía (REIAC).

Qué se entiende por animales de compañía

Según las definiciones indicadas en el artículo 3, un animal de compañía es todo aquel “animal doméstico o silvestre en cautividad” que está mantenido por el ser humano “principalmente en el hogar” en el caso de tener unas condiciones aptas que “respeten sus necesidades etnológicas, pueda adaptarse a la cautividad” y que su finalidad no sea la cría para consumirle, aprovecharse de sus producciones o su uso industrial, o utilizarle con un fin lucrativo.

El artículo también asegura que “en todo caso perros, gatos y hurones, independientemente del fin al que se destinen o del lugar en el que habiten o del que procedan, serán considerados animales de compañía”. Los animales de producción serían animales de compañía si, perdiendo su capacidad productiva, el propietario lo inscribe en el Registro de Animales de Compañía.

Uno de los puntos clave dentro de la Ley de Bienestar Animal es el endurecimiento de las penas por maltrato. Un abandono podría costar entre 500 y 10.000 euros de multa, la cual aumentaría en función de las circunstancias en las que se cometiese este acto. De considerarse ‘grave’, este hecho podría ser sancionado con multas de entre 10.001 y 50.000 euros, mientras que, si es ‘muy grave’, la sanción sería de 50.001 a 200.000 euros.

La Ley de Bienestar Animal, creará una Estadística Nacional de Bienestar Animal para contar con datos oficiales de abandonos, adopciones y maltrato.

Claves de la nueva Ley de Bienestar Animal

Con mucha confusión alrededor de la nueva norma, muchos dueños se quedan con las dudas. Este es el resumen y las claves de las novedades que aporta la nueva Ley de Bienestar Animal que entra en vigor este viernes 29 de septiembre:

  • Se garantizará acceso libre con perros, gatos y hurones a establecimientos y transporte.
  • No se pueden dejar a los perros atados en las puertas de los supermercados durante una compra rápida. Supone una multa de hasta 10.000 euros.
  • Queda prohibido encerrar a los animales dentro de un vehículo o en condiciones térmicas que pongan en peligro su vida.
  • Los perros no se pueden dejar sin supervisión durante más de 24 horas consecutivas. Este periodo sube hasta 3 días en caso de otros animales de compañía.
  • En caso de una desaparición, los dueños deben comunicarlo a las autoridades en un plazo máximo de 48 horas.
  • No se podrá mantener a los animales de forma permanente en sótanos, terrazas, patios, balcones o lugares similares.
  • Queda prohibido el uso de los collares eléctricos u otras herramientas que puedan causar lesiones al animal.
  • Serán prohibidas y sancionadas las peleas entre perros.
  • No se permitirán las mutilaciones u otras modificaciones permanentes.

Además, introduce algunos cambios en los comercios de animales. A partir del 29 de septiembre, las tiendas de animales de compañía tendrán un año de margen para dejar de vender y exhibir en sus escaparates perros, gatos y hurones. Aquellos sólo se podrán vender a través de un criador registrado. Por su lado, quedan fuera de esta restricción conejos, cobayas, roedores, aves o peces.

En el momento en el que se anunció esta ley, hubo mucha desinformación con respecto a qué pasa si se tiene una mascota prohibida. Tanto en redes sociales como en algunos medios se difundió que animales domésticos muy comunes como los conejos. Si bien esto no es cierto, dado que solo estarán prohibidas especies registradas en el Catálogo español de especies exóticas invasoras, la ley aún tiene 48 meses máximo tras su publicación en el BOE para definir la lista definitiva de mascotas prohibidas.

Por lo tanto, los animales más comunes en las casas de los españoles no estarán prohibidos, tales como: perros, gatos, conejos o tortugas. Los animales que sí aparecen en el Catálogo español de especies exóticas invasoras y, en principio, si estarían prohibidos por esta ley son, entre otros:

  • Erizos
  • Mangostas
  • Mapaches
  • Ratas
  • Mangostas
  • Cerdos vietnamitas
  • Arañas
  • Cangrejos
  • Ranas
  • Sapos
  • Peces exóticos
  • Aves exóticas
El seguro en la Ley de Bienestar Animal y el curso obligatorio

Por su lado, la nueva Ley de Bienestar Animal no se aplicará a todos los animales. De esta forma, perros de caza, las rehalas y de trabajo, los toros, los perros de la Policía, los animales de cetrería y algunos cetáceos de zoos y delfinarios quedan fuera de esta normativa.

La propuesta inicial de Belarra pretendía incluir el curso obligatorio y el seguro de responsabilidad civil para todos los perros. Sin embargo, estos dos aspectos de momento quedan aparcados de la normativa que entró en vigor este pasado viernes. Eso sí, se podrán exigir en algunas Comunidades Autónomas.

De esta forma, en regiones como Madrid o Murcia el seguro será obligatorio para tener un perro. 

 

Nuestro objetivo es su confianza.

 

 

 

Saray Martínez Ruiz.

Técnica en area laboral.

s.martinez@asesoriaperlado.com

 

Fuentes

https://www.ondacero.es/noticias/sociedad/ley-animal-entra-vigor-septiembre-todo-que-deberan-hacer-duenos-perros-gatos_2023082864ec7f14714dff00016956ec.html

https://www.elmundo.es/como/2023/09/06/64f83476e9cf4a85298b45a4.html

https://www.elindependiente.com/futuro/animales/2023/09/29/resumen-y-claves-de-la-nueva-ley-de-bienestar-animal-que-ya-entra-en-vigor/

https://asesoriaperlado.com/wp-content/uploads/2022/01/LogoBlancoHOME.png
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